En el momento de escribir este post, en España hay 30.635.882 vehículos asegurados (sí, los contamos. Los contamos cada mes, de hecho). Pero hay por ahí un volumen, lógicamente difícil de medir, de vehículos que se permiten el lujo de circular sin seguro. La pregunta es obvia: ¿qué pasa cuando hay un accidente y el causante es uno de vehículos que circulan sin el seguro obligatorio de vehículos? La pregunta tiene dos respuestas: una si eres el conductor de ese vehículo, y otra si eres el que se ha dado con él.
En el primer caso, lo primero que tenemos que decirte es que eres un insolidario. Sí. El seguro obligatorio del automóvil no existe por un capricho ni, desde luego, por necesidad de las aseguradoras. Existe porque una sociedad desarrollada y motorizada necesita tener un sistema que funcione y que garantice la indemnización de las víctimas de accidentes de tráfico. El seguro obligatorio de vehículos es un gran sistema de solidaridad entre todos los conductores. Tener vehículo y conducir sin seguro, significa no participar en ese esquema de solidaridad; hacer que otros paguen por las consecuencias de los daños que causes tú.
Si causas un accidente circulando sin seguro obligatorio de vehículos, la legislación no puede permitir que la víctima cargue con esa circunstancia. En un sistema de aseguramiento obligatorio todo el mundo que resulta dañado cobra, y quienes lo son por un vehículo que no ha pagado seguro, también. ¿Quién les abona aquello a lo que tienen derecho? Pues el Consorcio de Compensación de seguros (www.consorseguros.es), que tiene ésta entre sus funciones.
Tal vez te estés frotando las manos pensando: ¡vaya chollo! Me ahorro pagar el seguro obligatorio de vehículos y, aun por encima, si causo un daño, hay quien lo pague… pero ojo, todo tiene un precio. Para empezar, circular sin seguro obligatorio de vehículos es una infracción administrativa y, cada vez que te pillen, te vas a llevar una multa que no va a bajar de los 650 euros.
También debes saber que el Consorcio, quien pagará tus platos rotos, tiene, según la legislación, una cosa que se llama derecho de repetición, esto es: reclamarte a ti lo que ya ha pagado.
Conducir sin seguro obligatorio de vehículos supone una infracción administrativa y conlleva una multa que no baja de los 650 €.
Así pues, si un accidente de tráfico, cuando vas asegurado, no te costará más que el precio que hayas pagado por el seguro obligatorio de vehículos, un accidente causado con un vehículo sin asegurar puede, literalmente, dejarte en la calle.
Por lo tanto, mejor asegura tu coche. Hazlo, primero, porque es lo lógico. Si la lógica no te vale, hazlo porque debes participar en el mecanismo solidario de reparación de las víctimas. Y si la solidaridad no es tu fuerte, cuando menos hazlo por egoísmo. Porque si no lo haces, puede que al final tengas que arrepentirte toda la vida por circular sin seguro obligatorio de vehículos.
En el caso de que seas la víctima, esto es, el conductor contrario o el peatón que ha tenido la mala suerte de tener un encuentro con el vehículo sin seguro, también sabes lo que te toca: el sistema no te dejará tirado. Tus derechos de ser indemnizado por los daños son los mismos y podrás ejercitarlos.