En el post anterior veíamos las principales obligaciones de la nueva Ley de Protección y Bienestar Animal. Hoy queremos advertir sobre el régimen sancionador de esta nueva Ley de Bienestar Animal que contempla sanciones por delitos leves, graves o muy graves contra los animales desde 500 hasta 200.000 euros.
Algunas prácticas frecuentes se mantienen, pero otras muchas, que hasta el momento han sido habituales en los dueños de animales domésticos, quedan prohibidas.
A continuación, enumeramos diferentes ejemplos de prácticas comunes que son consideradas sanciones desde el 29 de septiembre de 2023:
- Es “ilegal” dejar al perro atado en la puerta del supermercado para hacer la compra, esta práctica puede tener una multa de hasta 10.000 euros.
- No está permitido dejar animales en el coche (aunque no haga mucho calor).
- No se puede dejar al perro sin supervisión más de 24 horas consecutivas, incluso si tiene agua y comida suficiente. Para otros animales se alarga el plazo hasta un máximo de tres días.
- Se debe avisar antes de 48 horas si desaparece el animal de compañía o silvestre en cautividad.
- Es ilegal tener de forma permanente al animal en la terraza, sótano, patio, balcón o similares. Esta práctica es considerada como infracción grave.
- No está permitido el uso de collares eléctricos para educar, ni cualquier otra herramienta que pueda causar lesiones a los animales.
- Es grave no cumplir las obligaciones de identificación del animal, administrar sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento, a menos que sean prescritas por veterinarios y con un fin terapéutico para el animal.
- No se permite mutilar al animal o practicarle modificaciones corporales no autorizadas, utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción, utilizar animales como reclamo publicitario sin autorización, criar animales silvestres alóctonos, así como comercializarlos, ni enviarlos vivos (con excepciones previstas en la Ley).
- Retirar, reubicar o desplazar gatos comunitarios y abandonarlos también es infracción grave.
- Robar, hurtar o apropiarse indebidamente de un animal, no denunciar la pérdida o sustracción, no recogerlo de los centros veterinarios, residencias u otros establecimientos será infracción grave.
- Alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los controles sanitarios, es infracción grave.
Las categorías consideradas como infracciones muy graves, con multas de 50.001 a 200.000 euros son:
- Incumplimientos de obligaciones y prohibiciones que derivan en la muerte del animal o el sacrificio de animales no autorizado, la eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado, adiestrar y usar animales para peleas y riñas con otros animales o personas, usar animales de compañía para consumo humano, matar gatos comunitarios.
- Criar, comerciar y exponer animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales. También usar animales en actividades prohibidas, en atracciones mecánicas, carruseles o el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses.
- Selección genética de animales si conlleva un detrimento para su salud.
Caer en alguna infracción se solventa cambiando hábitos. Teniendo en cuenta todo esto, pues afecta directamente al bolsillo de cada uno, especialmente por cosas que podíamos hacer de forma habitual y de la que quizá no seamos conscientes con la nueva Ley, hablaremos también en nuestro próximo post sobre el Seguro de Responsabilidad Civil para Mascotas, que protege también la economía familiar, pues es un seguro que garantiza el pago de una indemnización a un tercero perjudicado por daños que pueda causarle la mascota asegurada (perro o gato). Además este seguro incluye la defensa jurídica y la reclamación de daños, y de forma opcional, la garantía de protección de mascotas.