Ahora, que todas las ciudades han incrementado los carriles bici, los VMP ya pueden dejar de utilizar las aceras sin tener los problemas originados por la proximidad de vehículos de mayor tamaño.
Por eso, la Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una ley que salió publicada en el BOE el 21 de diciembre de 2021, por la que, entre otras cosas, a las bicicletas y patinetes eléctricos (y al resto de VMP) se les prohíbe circular por las aceras.
Al no considerarse vehículos a motor, la normativa no incluye la obligación de tener un seguro para los VMP como patinetes o bicicletas, como sí ocurre con el seguro de automóvil obligatorio para el resto de vehículos.
Esta ley, aprobada el 21 de diciembre de 2021 y que entra en vigor el 21 de marzo de 2022, contiene muchos puntos importantes que debemos conocer:
Está prohibido circular por las aceras para bicicletas y patinetes bajo multa de hasta 200 €
Un ciclista para poder ir por la acera debe bajarse de ella y llevarla a su lado, caminando. Lo mismo pasa con el patinete eléctrico: no puede conducirlo por la acera y se tiene que bajar de él.
Hasta ahora, este punto estaba muy enmarañado, pero esta nueva ley lo deja totalmente claro: no se puede ir montado en la bici o patinete por la acera.
Patinetes y bicis deben respetar todas las señales de tráfico
Otra normativa importante: los VMP deben respetar todas las señales de tráfico, ya sean las horizontales como verticales. Y cómo no, los semáforos. Algunas veces hemos visto como alguien se saltaba un semáforo en rojo porque no había nadie cruzando. Ahora, saltarse un semáforo acarrea una multa de entre 150 y 500 €.
Los VMP deben cruzar los pasos de peatones caminando
Los pasos de peatones los tienen que cruzar andando, nunca montados en ellos. Si no se hace correctamente la multa puede llegar a los 100 €.
El uso del casco en bicis y patinetes
El uso del casco en las bicicletas es muy recomendable y se aconseja usarlo siempre, pero los menores de 16 años sí tienen que llevarlo obligatoriamente. Y también es obligatorio para todos en vías interurbanas.
Se aplica a bicis y patinetes la misma tasa de alcohol que al resto de conductores
Otro punto importante es la tasa de alcohol. La misma tasa que se aplica a los conductores de coches, motos, etc., se aplica también a bicicletas y patinetes. Es obligatorio realizar la prueba si un agente así lo requiere y, si da positivo, la multa puede llegar hasta los 1.000 €, en caso de ser reincidente. Eso sí, no hay retirada de carné porque no es obligatorio para conducir estos vehículos, aunque ya hay quienes piden algún permiso especial y que asistan a centros formativos para enseñarles a circular como es debido por la ciudad.
Debemos ser conocedores de nuestros derechos y obligaciones, y por ello, por ejemplo, como peatones debemos también respetar los carriles bici. Sin embargo, cuando están en un lateral de las aceras, muchas veces los invadimos sin darnos cuenta y estorbamos la libre circulación de los VMP, que tienen que detenerse o esquivarnos.
Esperemos que esta nueva ley que comienza en breve consiga una ciudad con mejor movilidad donde peatones, bicicletas y patinetes puedan coexistir sin problemas con coches, motos y tráfico en general, que eviten accidentes y daños personales en aras de una mayor seguridad vial y una convivencia más amigable.
Fuentes consultadas: