Mutua MMT Seguros, desde 1932 protegiendo familias

    MMT Seguros

    Convocatoria Asamblea General 2025

     

    MUTUA MMT SEGUROS, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA

     

    CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

     

    Con base en los Estatutos Sociales se convoca a todos los señores/as mutualistas a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA el próximo día 4 de junio de 2025 a las 17:00 horas, en primera convocatoria, y a las 18:00 horas en segunda, en el Auditorio Rafael del Pino sito en la calle Rafael Calvo nº 39 A de Madrid, con arreglo al siguiente:

     

    ORDEN DEL DÍA

     

    PUNTO 1º.- Examen y aprobación, si procede, de:

    El Informe de Gestión y las Cuentas Anuales – balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria – del ejercicio anual cerrado al 31 de diciembre de 2024 (artículo 19 b) de los Estatutos), el informe de auditoría, el Informe anual del grado de cumplimiento del Código de Conducta de las Inversiones Financieras Temporales y el Informe anual de la Comisión de Auditoría.

     

    PUNTO 2º.- Examen y aprobación, si procede, de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio 2024 (artículo 19 b) de los Estatutos).

     

    PUNTO 3º.- Presentación de la Memoria del Defensor del mutualista.

     

    PUNTO 4º.- Propuestas de los señores mutualistas presentadas dentro del período marcado por los Estatutos (artículo 11 i) de los Estatutos).

     

    PUNTO 5º.- Examen y aprobación, si procede, del cese del Presidente, Vicepresidente y Vocal 1º del Consejo de Administración y nombramiento del Presidente, Vicepresidente y Vocal 1º (arts. 19, 22 y 23 de los Estatutos Sociales).

     

    PUNTO 6º.- Examen y aprobación, si procede, del nombramiento de los cargos de la Junta Consultiva a propuesta del Consejo de Administración (artículo 32 de los Estatutos).

     

    PUNTO 7º.- Examen y, si procede, aprobación de la propuesta de modificación parcial de los Estatutos (artículo 19 g) y 20 de los Estatutos):

     

    1.- Modificación del artículo 9 de los Estatutos.Se propone asimilar a la entrega física del ejemplar de los Estatutos realizada junto al resto de documentación contractual en el momento de formalizarse la contratación de un seguro, su puesta a disposición mediante la indicación del enlace correspondiente en la página web corporativa o por cualquier otro medio, manteniéndose no obstante dentro de la redacción propuesta, la posibilidad original de entrega física en caso de así requerirlo el mutualista.

     

    2.- Modificación de los apartados f), i) y j) del artículo 11 de los Estatutos.En relación al apartado f) se propone suprimir la necesidad de solicitar por parte de los mutualistas al Consejo de Administración el acceso a examinar las cuentas anuales de cada ejercicio, dado que al disponerse de página web corporativa, el acceso a dicha información para los mutualistas es inmediata desde el momento de la convocatoria y sin necesidad de solicitar autorización alguna.

    En cuanto al apartado i) se considera conveniente especificar expresamente que las propuestas a la Asamblea General deben versar sobre los asuntos de su competencia con relación a los puntos del orden del día que sean procedentes manteniendo así coherencia además de con el propio acto de la Asamblea con lo establecido en el artículo 19 de los Estatutos en el que se recoge este extremo y sus salvedades, ampliándose el tiempo de presentación a siete días en consonancia con lo previsto en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital.

    Por último, se propone una nueva redacción del apartado j) del artículo 11 de los Estatutos Sociales, al objeto de dotar de mayor seguridad y transparencia a la representación de los mutualistas en la Asamblea, requiriéndose que en la misma se indique expresamente el sentido del voto para cada uno de los puntos del orden del día, así como que el documento de representación sea entregado de forma fehaciente, pero sin necesidad de que sea presencial, en la Secretaría de la Mutua dotándose así con ello de una mayor seguridad en el respeto al derecho de representación de los mutualistas y al exacto cumplimiento de la voluntad de estos.

     

    3.- Modificación del artículo 16 de los Estatutos. La propuesta se realiza a los únicos efectos de aclarar el carácter condicional de la posible solicitud y entrega del informe de los auditores externos a la de que este haya sido o no realizado por aquellos en atención a su necesidad para el desarrollo del consiguiente punto del orden del día.

     

    4.- Modificación del artículo 17 de los Estatutos. Se desarrolla en la propuesta el correcto cumplimiento del requisito de acreditación de asistencia a la Asamblea General, al considerarse necesario cubrir ese vacío de regulación actual de un requisito que si bien se cita en la redacción actual del mismo artículo, precisa su desarrollo al objeto de preservar con ello, además de los requisitos básicos de organización y seguridad, a los de la correcta verificación de la identidad y legitimidad de los asistentes como mutualistas y al imprescindible cumplimiento con el quorum que tuviere habilitado el lugar de celebración de la Asamblea.

     

    5.- Modificación de los apartados b) y g) del artículo 19 de los Estatutos. En relación al apartado b) del artículo 19 de los Estatutos, en consonancia con lo expuesto en la fundamentación de la modificación propuesta del apartado f) del artículo 11 de los Estatutos, como quiera que a través de la página web corporativa, los mutualistas tienen acceso inmediato y gratuito a toda la documentación básico contable, se propone suprimir el requisito de solicitud de esta con antelación alguna. También en relación a lo recogido en este mismo apartado b) del artículo 19 de los Estatutos, se propone ampliar el plazo de tres a siete días de antelación al de la celebración del acto de la Asamblea General para solicitar las explicaciones o aclaraciones que los mutualistas puedan estimar convenientes para que sean contestadas en el mismo, en consonancia con lo establecido en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital y con el objeto de que las cuestiones que se trasladen a estos efectos, en el supuesto de que precisaran un desarrollo técnico o complejo, puedan ser estudiadas, fundamentadas y desarrolladas con la profundidad y extensión que resulte conveniente y necesaria para poder dar una respuesta suficiente.

    Respecto a la propuesta de modificación del apartado g) del artículo 19 de los Estatutos, esta consiste en que atendiendo a la importancia y trascendencia del Reglamento de la Asamblea General, como normativa reguladora de ésta, tanto su aprobación como sus posibles modificaciones sean competencia única y exclusiva de la propia Asamblea General.

     

    6.- Modificación del artículo 20 de los Estatutos. En consonancia con lo expuesto en el punto anterior respecto a la propuesta de modificación del apartado g) del artículo 19 de los Estatutos, en cuanto a la trascendencia que como norma reguladora y protectora tiene el Reglamento de la Asamblea General, se propone que las modificaciones de cualquiera de sus preceptos requiera la aprobación de una mayoría reforzada de los dos tercios de los votos presentes y representados, equiparándolo así a lo también requerido para los supuestos de modificación de los Estatutos sociales.

    Al mismo tiempo, también en relación a lo recogido en este artículo 20 de los Estatutos, se propone que atendiendo a que los actuales estatutos prevén la asistencia de Notario a las asambleas de forma preceptiva, y que el artículo 102.1.4ª del Reglamento del Registro Mercantil recoge que el acta deberá contener una transcripción literal de las propuestas sometidas a votación y de los acuerdos adoptados, se propone sustituir la mención de que el acta recoja un “resumen de los asuntos debatidos” por la de que lo que contemple aquella sea una “transcripción de los asuntos debatidos”, consiguiéndose así una mayor transparencia y seguridad del contenido definitivo del acta.

     

    7.- Modificación del artículo 24 bis de los Estatutos.Se propone añadir un párrafo al objeto de completar la información de los conceptos retributivos de los consejeros, recogiéndose expresamente, como ya se hacía en cuanto a los consejeros ejecutivos, los atribuibles a los consejeros no ejecutivos y que del mismo modo que en aquellos, son acordes a los recogidos en el artículo 217 de la Ley de Sociedades de Capital.

    Por último, se propone un cambio de redacción del término “comisiones delegadas” sustituyéndolo por “comisiones especializadas” conforme a la denominación que de las mismas se recoge en el artículo 529 terdecies de la Ley de Sociedades de Capital.

     

    PUNTO 8º.- Examen y, si procede, aprobación del Reglamento de la Asamblea General de Mutualistas

     

    PUNTO 9º.- Examen y, si procede, aprobación de la propuesta del sistema de remuneración de los consejeros e importe máximo de remuneración anual a percibir por el conjunto de los consejeros en el ejercicio 2025 (artículo 19 j) de los Estatutos).

     

    PUNTO 10º.- Ruegos y preguntas.

     

    PUNTO 11º.- Delegación de facultades al Secretario del Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución, elevación a público, desarrollo e inscripción de los acuerdos que se adopten por la Asamblea General.

     

    INTERVENCIÓN DE NOTARIO

    De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de los Estatutos, la Asamblea General de mutualistas se celebrará con la asistencia de Notario.

     

    DERECHO DE ASISTENCIA

    De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de los Estatutos, para asistir a la Asamblea se exigirá DNI o documento de identidad equivalente. Los mutualistas que hayan acreditado su derecho de asistencia pueden delegar su representación para asistir a la Asamblea General a favor de otro mutualista (artículo 11 j), 17 y 20 de los Estatutos).

     

    DERECHO DE ELECCIÓN DE CARGOS

    Para la elección de los cargos del Consejo de Administración se estará a lo dispuesto en los arts.11 e), 22 y 23 de los Estatutos Sociales. Todos aquellos mutualistas que quieran concurrir a dichos cargos deberán reunir los requisitos y condiciones de idoneidad marcados en los Estatutos Sociales (arts. 22 y 23)

     

    DERECHO DE INFORMACIÓN

    De conformidad con lo establecido en el artículo 16 de los Estatutos y los artículos 197 y 272 de la Ley de Sociedades de Capital, el Informe de Gestión; las Cuentas Anuales y los correspondientes Informes de estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memorias del ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2024; el Informe de Auditoría externa; el Informe anual del grado de cumplimiento del Código de Conducta de las Inversiones Financieras Temporales y el Informe anual de la Comisión de Auditoría, así como el resto de los documentos relativos a las propuestas realizadas por el Consejo de Administración y de la documentación objeto de examen y aprobación de conformidad con el orden del día, están a disposición de todos los Mutualistas en la página web corporativa de la Mutua (www.mmtseguros.com) y en la sede social (C/ Trafalgar nº 11, Madrid - horario en días laborables de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas de lunes a jueves y de 9 a 14,30 horas los viernes – Teléfono: 91.594.99.99). También se podrá solicitar por los mutualistas la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.

    A efectos de solicitar cualquier información, entrega o envío de documentación sobre la que se ha hecho referencia anteriormente, así como, cualquier otra información relevante sobre la Asamblea General de Mutualistas se facilitará en la sede social en el horario antes descrito o mediante correo electrónico asamblea.general2025@mmtseguros.es

     

    PROTECCIÓN DE DATOS

    Los datos de carácter personal que los asistentes a la Asamblea General faciliten a Mutua MMT Seguros, serán tratados bajo la responsabilidad de Mutua MMT Seguros, Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija, e incorporados a ficheros de su titularidad con el fin de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación con cada asistente, en particular, pero sin revestir carácter limitativo alguno, en cuanto a la organización, convocatoria y celebración de la misma de acuerdo con sus Estatutos.

    Los datos de los asistentes serán facilitados al Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid que asistirá a la Asamblea General, así como a aquellos terceros que tengan reconocido el derecho de información previsto en la ley o con accesibilidad pública en la medida que consten en la documentación disponible en la página web de la Mutua MMT Seguros, o se manifiesten en la Asamblea General. El desarrollo de la misma será objeto de grabación audiovisual, por lo que, al acceder al local de celebración, los asistentes prestan su consentimiento para dichos tratamientos. Los datos se conservarán durante los plazos establecidos en las normas penales, civiles, fiscales o mercantiles aplicables.

    Los titulares de los datos de carácter personal podrán ejercitar los derechos regulados en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección dpo@mmtseguros.es o por correo postal dirigido a Mutua MMT Seguros (a/a DPO) con domicilio en Madrid (28010), calle Trafalgar nº 11, así como lo establecido en el artículo 13 de dicho Reglamento.

     

    Madrid, a 28 de abril de 2025

     

    VºBº El Presidente                   

    Fdo.: ROMÁN RODRÍGUEZ CASAS

     

    El Secretario del Consejo de Admón.

    Fdo.: ARTURO FERNÁNDEZ SANTIAGO